Dinadeco informa, que dadas las nuevas disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud, relacionadas con la celebración de eventos masivos y que aplicarán a partir del 1 de diciembre del 2021 y previendo que la personería jurídica para algunas organizaciones comunales vencerá, se emiten las siguientes directrices:
- A partir del 1 de diciembre se podrán realizar asambleas generales para la constitución y reorganización de las juntas directivas y no se requerirá autorización de la Dirección Nacional.
- La asamblea general puede ser presencial o virtual, se recomienda priorizar la virtualidad. Para las asambleas virtuales se debe enviar la invitación a dpicado@dinadeco.go.cr para asignar un funcionario que acompañe y supervise el evento.
- La convocatoria para asamblea general podrá ser gestionada por la junta directiva, fiscalía o el 10% de afiliados, según Ley N° 3859.
- Los nombramientos de la junta directiva o cambios en los puestos serán por acuerdo de asamblea general de afiliados, salvo que, por estatuto cuenten con suplencias para cubrir los cargos vacantes.
- Para el nombramiento total de la junta directiva y fiscalía por vencimiento de personería jurídica, deberán tomar en consideración lo establecido en el estatuto de la organización comunal.
- Las sesiones de junta directiva pueden ser virtuales o presenciales. Si se realizan presenciales deben cumplir con todos los protocolos de prevención del Covid-19.
- En cuanto a los planes de trabajo, se aplicarán las disposiciones contenidas en el artículo N° 30 y Artículo N° 38 incisos b) y c) del Reglamento a la Ley N° 3859.
- Las aprobaciones o modificaciones en planes de trabajo, nombramientos parciales por renuncia o muerte de miembros directivos, utilización del fondo por girar 2019 en la atención de la emergencia, entre otras, deberán ser sometidas a conocimiento y aprobación de la próxima asamblea general de afiliados para ratificar todo acuerdo tomado por la junta directiva.
Dinadeco hace un llamado al movimiento comunal a no bajar la guardia y seguir cumpliendo a cabalidad en toda sesión de junta directiva o asamblea presencial, con los protocolos y disposiciones establecidas por el Ministerio de Salud: Uso permanente y correcto de la mascarilla, lavado de manos y uso de alcohol para desinfección, distanciamiento mínimo entre los asistentes de 1,8 metros, contar con el permiso sanitario de funcionamiento y respetar con el aforo establecido para el lugar donde se realice la actividad.
Imagen con fines ilustrativos.
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